ACTUALIDAD

Le robaron su auto en el estacionamiento de un supermercado Líder, lo denunció ante la justicia y así falló la Corte de Apelaciones

La Corte de Apelaciones de Santiago rechaza demanda contra Líder por robo de auto: propietario no era consumidor directo

Le robaron su auto en el estacionamiento de un supermercado Líder, lo denunció ante la justicia y así falló la Corte de Apelaciones
Italo Morales
Editor General de la edición chilena del Diario AS desde el 2019. Antes trabajó en ATP World Tour y Emol. Máster en SEO por KSchool (Madrid) y SEO Manager en Prisa Chile.
Actualizado a

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó condena contra Administradora de Supermercados Híper Limitada y Walmart Chile por sustracción vehicular en estacionamiento de local Líder en avenida Pajaritos.

El fallo anuló decisión del 3° Juzgado de Policía Local de Maipú que había acogido demanda civil.

El conflicto surgió cuando propietario de Kia Río 2017 demandó tras robo del automóvil mientras su hermano realizaba compras en el establecimiento. La víctima invocó Ley de Protección al Consumidor argumentando responsabilidad empresarial por deficiencias en seguridad del recinto.

Ausencia de relación comercial directa

Los magistrados determinaron inexistencia de vínculo de consumo entre demandante y empresas, estableciendo que “quien utilizó el servicio y estacionó el vehículo fue su hermano, quien sí puede ser considerado consumido r”. Esta distinción resultó clave para desestimar aplicación del estatuto especial.

Noticias relacionadas

El tribunal precisó que “los consumidores son las personas naturales o jurídicas que, en virtud de cualquier acto jurídico oneroso, adquieren, utilizan, o disfrutan, como destinatarios finales, bienes o servicios”, condición que no cumplía el propietario del vehículo.

La resolución mantiene abierta posibilidad de accionar “por la vía ordinaria y ante el juzgado con competencia civil correspondiente” mediante estatuto de responsabilidad extracontractual del Código Civil, aunque descarta protección especial consumidor para este caso específico.

Etiquetado en:

Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Tu opinión se publicará con nombres y apellidos

Te recomendamos en Actualidad

OSZAR »